SII - Oficio N°2897 (26-10-2012)
Oficio N°2897 (26-10-2012) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2897 de 2012, concluye que las pensiones de vejez del DL 3500 están afectas al Impuesto Único de Segunda Categoría, no siendo aplicable el artículo 17 N°4 de la LIR.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 2897, de 26.10.2012, emitido por la Subdirección Normativa del Departamento de Impuestos Directos del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Un particular solicita al SII un pronunciamiento sobre la tributación de las pensiones, argumentando que los fondos de pensiones provienen de aportes del propio trabajador y que se estaría tributando doblemente por los mismos.
• Consultas específicas planteadas al SII ¿Es correcta la tributación actual de las pensiones, considerando que provienen de fondos aportados por el trabajador? ¿Deberían eliminarse las pensiones y montepíos del artículo 17, N°4, de la LIR, o aumentar el tope de dicha norma?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) El consultante considera injusto que se tribute por los ahorros propios al momento de recibir la pensión, sugiriendo que solo debería tributarse por la rentabilidad generada por el fondo de pensiones. Alega una posible contradicción con el artículo 17, N°4, de la LIR.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII Artículos 17 N°4, 42 N°1 y 43 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). Artículo 18 del D.L. N° 3500, de 1980.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII El S...
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