SII - Oficio N°2935 (29-10-2012)
Oficio N°2935 (29-10-2012) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la documentación a emitir en la comercialización de hidrocarburos por un operador, considerando su producción propia, la del Estado y la de otros partícipes, según contratos CEOP y JOA. Define el tratamiento del IVA en cada caso.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. N° 2935, de 29.10.2012, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Se refiere a la documentación a emitir en la comercialización de hidrocarburos efectuada por un operador en virtud de un Contrato Especial de Operación (CEOP) y un Acuerdo de Operación Conjunta (JOA).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: TTT realiza una consulta al SII respecto a la documentación a emitir en la comercialización de hidrocarburos bajo tres escenarios: a) Venta de producción propia y la retenida por el Estado. b) Venta de producción propia y la correspondiente a XXX como partícipe. c) Venta de la totalidad de la producción, incluyendo la de los integrantes del JOA y la retenida por el Estado.
TTT participa en la exploración y explotación de hidrocarburos en la Región de Magallanes, adjudicándose el Bloque YYY en una licitación. Según las bases de la licitación, TTT debe formar un consorcio con XXX, teniendo cada uno una participación del 50%. Como resultado, se suscriben un CEOP con el Estado y un JOA entre TTT y XXX. El CEOP establece una retribución al contratista (TTT y XXX) como un porcentaje de la producción mensual de hidrocarburos. El contratista es responsable de comercializar la totalidad del volumen de hidrocarburos. El JOA designa a TTT como...
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