SII - Oficio N°128 (22-01-2013)
Oficio N°128 (22-01-2013) del SII
Abstracto
El SII aclara que el cambio de criterio sobre la gravabilidad con IVA de servicios de asesoría, consultoría e ingeniería prestados por constructoras se originó con el Oficio 1918 de 2009, no con el Oficio 1419 de 2010. El cambio afecta desde el conocimiento del contribuyente.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 128, de 22.01.2013, de la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos del SII, sobre la situación frente al IVA de los servicios de asesoría, consultoría e ingeniería prestados por constructoras.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente solicita la devolución de IVA según el artículo 126 del Código Tributario y manifiesta dudas sobre la gravabilidad con IVA de los servicios de asesoría, consultoría e ingeniería realizados por empresas constructoras que no participan en la ejecución del proyecto, considerando un posible cambio de criterio interpretativo del SII a partir del Oficio 1419 de 2010.
• Consultas específicas planteadas al SII: Confirmar si el criterio establecido en el Oficio 1419 de 2010 modifica la interpretación sobre la gravabilidad con IVA de los servicios de asesoría, consultoría e ingeniería prestados por constructoras que no participan en la ejecución de las obras.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El contribuyente señala que, según pronunciamientos anteriores del SII, estos servicios estarían afectos a IVA (razón por la cual habría recargado el impuesto), pero que el Oficio 1419 de 2010 sugiere que no estarían gravados.
• Doctrina administrativa, nor...
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