SII - Oficio N°322 (20-02-2013)
Oficio N°322 (20-02-2013) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N°322 de 2013, se pronuncia sobre el tratamiento tributario de desembolsos incurridos en la construcción de obras en terreno ajeno por servidumbres, confirmando criterios sobre caminos, líneas eléctricas y obras principales, pero advierte sobre casos contractuales y servidumbres.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 322, de 20.02.2013, emitido por la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos del Servicio de Impuestos Internos (SII). La materia se refiere al tratamiento tributario de los desembolsos incurridos en la construcción de obras en terreno ajeno, en virtud de servidumbres constituidas al efecto. Se citan los Art. 31 N°9 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) y los Oficios N°s 3274, de 1995, 350, de 2010 y 1961, de 2011. El Director Subrogante es Alejandro Burr Ortuzar.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una sociedad anónima abierta está desarrollando el proyecto XXX, que implica la construcción de dos centrales eléctricas de pasada, para lo cual tramita una concesión eléctrica definitiva según el D.L. N° 1, de 1982.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- Si los caminos construidos en terreno ajeno con servidumbre de tránsito se consideran gastos de organización y puesta en marcha (Art. 31, N° 9, LIR) según el Oficio N° 3.274, de 1995.
- Si las líneas de alimentación eléctrica construidas en terrenos ajenos con servidumbre, que benefician la concesión eléctrica, constituyen activo fijo depreciable.
- Si las obras principales construidas en terreno ajeno con servidumbre, que benefician directamente...
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