SII - Oficio N°2230 (10-10-2013)
Oficio N°2230 (10-10-2013) del SII
Abstracto
El SII rechaza la solicitud de devolución de IVA por servicios de transporte de carga destinados a la distribución de productos de una empresa de Zona Franca, al no ser considerados necesarios para la elaboración de los bienes, sino para su comercialización. Oficio 2230, 10.10.2013.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2230, de 10.10.2013, de la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos del SII.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente, XXX, dedicado a la elaboración de harina de trigo, solicita la devolución del IVA soportado en servicios de transporte de carga por carretera (Arica-Iquique), gastos de descarga, reparto a clientes en Arica, y otros suministros (gas, electricidad, teléfono, agua). La Dirección Regional detectó que parte de los gastos de transporte corresponden a la comercialización de la harina a usuarios de la Zona Franca de Extensión y Zona Franca de Iquique.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Procede la devolución del IVA, según el Art. 27°, inciso segundo, de la Ley N° 19.420, por los servicios de transporte de carga, descarga, reparto y despacho, utilizados por un contribuyente de Zona Franca en la distribución de sus mercaderías?
• Argumentos del consultante: No explicita argumentos del consultante, sino la presentación de una solicitud de devolución de IVA.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el Art. 27° del D.F.L. N° 1, de 2001; el Art. 36° del D.L. N° 825, de 1974; el D.S. N° 348, de 1975; y la Circular N° 51, de 1995, Título IV, pá...
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