SII - Oficio N°1597 (05-09-2014)
Oficio N°1597 (05-09-2014) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la documentación tributaria que deben emitir los centros de evaluación y certificación de competencias laborales, señalando que no están obligados a emitir facturas y que sus ingresos están exentos de Impuesto de Primera Categoría.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1597, de 05.09.2014, de la Subdirección Normativa del SII, Departamento de Impuestos Indirectos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta sobre la documentación tributaria que deben emitir los centros de evaluación y certificación de competencias laborales (en adelante, “centros”) por los servicios que prestan según la Ley N° 20.267, y sobre el tratamiento tributario de los aportes que reciban. La consulta es realizada a petición de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales (ChileValora).
• Consultas específicas planteadas al SII: 1) ¿Qué tipo de documento tributario debe emitir ChileValora por el cobro de aranceles por acreditación de los centros, mantención en registros y entrega de duplicados de certificados? 2) ¿Qué documento debe emitir por los ingresos recibidos en virtud de convenios de colaboración con sectores productivos? 3) ¿Cuál es el tratamiento tributario de estos aportes en la contabilidad institucional?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Los organismos que entregan aportes o pagan aranceles a ChileValora necesitan un respaldo para imputarlos como gasto en su contabilidad.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SI...
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