SII - Oficio N°251 (29-01-2015)
Oficio N°251 (29-01-2015) del SII
Abstracto
El SII aclara la aplicación de los artículos 20 N°2 y 104 de la LIR tras las modificaciones de la Ley 20.712, en relación a los instrumentos de deuda de oferta pública y la determinación de la tasa de interés fiscal.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 251, de 29.01.2015, de la Subdirección Normativa del SII, Dpto. de Impuestos Directos. Se refiere a las modificaciones introducidas por la Ley N° 20.712 a los artículos 20 N° 2 y 104 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII sobre la incidencia de las modificaciones efectuadas por la Ley N° 20.712 a los artículos 20 N° 2 y 104 de la LIR, específicamente en relación con los instrumentos de deuda de oferta pública.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- Si solo se entenderían comprendidos en la letra g) del artículo 20 de la LIR: a) Instrumentos de deuda de oferta pública emitidos en Chile, inscritos en el Registro de Valores, que establezcan en su escritura de emisión la adhesión al artículo 104 de la LIR y determinen la tasa de interés fiscal en cada colocación; b) Instrumentos emitidos por el Banco Central de Chile o la Tesorería General de la República, incluidos en la nómina de instrumentos elegibles establecida por el Ministro de Hacienda.
- Si basta con que el emisor no informe su intención de acoger la colocación a la modalidad del inciso 6° del N° 1 del artículo 104 de la LIR para que la tasa de interés fiscal aplicable a colocaciones posteriores s...
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