SII - Oficio N°469 (12-02-2015)
Oficio N°469 (12-02-2015) del SII
Abstracto
El SII responde a consultas de la Embajada de TTTT sobre impuestos, señalando que no hay normas generales para la recuperación del IVA por representaciones extranjeras ni aplicación general del principio de reciprocidad, salvo casos específicos en la Ley de la Renta.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 469, de 12.02.2015, de la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos del SII, sobre beneficios tributarios a representaciones extranjeras.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Embajada de TTTT en Chile, a través de una nota, realiza diversas consultas sobre impuestos, incluyendo reintegro de IVA, impuestos a combustibles, importación de vehículos, entre otros.
• Consultas específicas planteadas al SII: Las consultas abarcan el monto de factura para reintegro de IVA, límites al reintegro anual, frecuencia y forma de solicitarlo, reciprocidad de privilegios, tratamiento de facturas de teléfono y expensas, impuestos a combustibles, cupos para alcohol/tabaco, importación/compra de vehículos, registro vehicular, estandarización de vehículos, plazos para importación, condiciones de venta de vehículos importados, límites de compra de combustible con reintegro, y multas de tránsito.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita ningún argumento del consultante, solo se transcriben sus preguntas.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el Art. 2°, N°2, Art. 8°, Art. 12°, letra B), N°3, N°17 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios; ...
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