SII - Oficio N°825 (24-03-2015)
Oficio N°825 (24-03-2015) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la exención de IVA en la importación de bienes de capital según el Art. 12, letra B), N° 10 del DL 825, señalando que la calificación de requisitos compete al Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, refrendado por el Ministerio de Hacienda.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 825, de 24.03.2015, emitido por la Subdirección Normativa del Departamento de Impuestos Indirectos del SII. La materia es la aplicación de la exención contenida en el Art. 12, letra B), N° 10 del Decreto Ley N° 825, de 1974, respecto al IVA en la importación de bienes de capital.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Ministerio de Hacienda solicita al SII pronunciarse sobre una Resolución Exenta del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que declara exenta del IVA la importación de bienes de capital por parte de la empresa XXXX, específicamente TTT, Componentes: Módulo silicio cristalina, Cabinas inversión/conversión y estación de entrega y transformador de potencia.
• Consultas específicas planteadas al SII: El Ministerio de Hacienda consulta al SII para que tome conocimiento de la resolución y sus antecedentes, y dé a conocer los comentarios u observaciones que pudieran merecer, de conformidad a lo dispuesto en la letra p), del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos.
• Argumentos del consultante: No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el Art. 12, letra B), N° 10 del Decreto Ley N° 825, de 1974; la Circular N° 48, del 21.04.1978; el ...
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