SII - Oficio N°943 (02-04-2015)
Oficio N°943 (02-04-2015) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 943 de 2015, concluye que los vehículos motorizados situados permanentemente en Isla de Pascua están exentos del impuesto adicional establecido en el artículo 3° de la Ley N° 20.780. La inscripción debe realizarse ante el Oficial Civil Adjunto de la isla.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 943, de 02.04.2015, emitido por la Subdirección Normativa, Departamento de Técnica Tributaria del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Doña TTT consulta sobre la aplicación del impuesto adicional a los vehículos motorizados (impuesto verde) en Isla de Pascua, considerando la exención de impuestos establecida en la Ley N° 16.441 para dicho territorio.
• Consultas específicas planteadas al SII ¿Se aplica el impuesto adicional a los vehículos motorizados establecido en el artículo 3° de la Ley N° 20.780 a los vehículos situados en la comuna de Isla de Pascua, considerando la exención general de impuestos establecida en la Ley N° 16.441?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) La consultante argumenta que Isla de Pascua está exenta de impuestos según la Ley N° 16.441.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Artículo 3° de la Ley N° 20.780.
- Título II del Decreto Ley N° 825 de 1974 (Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios).
- Artículo 41° de la Ley N° 16.441.
- Artículo 2° del Código Tributario.
- Artículos 20 y 22 del Código Civil.
- Artículo 10 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
- Artículo 135 N° 2° del Código Orgánico de Tribunales...
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