SII - Circular N°50 (26-06-2015)
Circular N°50 (26-06-2015) del SII
Abstracto
La Circular N° 50 del SII, de 2015, interpreta el artículo 60 ter del Código Tributario, incorporado por la Ley N° 20.780, que faculta al SII para autorizar o exigir el uso de sistemas tecnológicos de información para el control tributario de ciertos contribuyentes o actividades.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N° 50, de 22 de junio de 2015, del Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Impuestos Internos (SII). Modificada por Circular N° 30, del 10 de mayo de 2016. • Contexto normativo y objetivo: La circular interpreta el artículo 60 ter del Código Tributario, incorporado por el Artículo 10, N° 17 de la Ley N° 20.780, que faculta al SII para autorizar o exigir la utilización de sistemas tecnológicos de información que permitan el debido control tributario de ciertos sectores de contribuyentes o actividades. • Alcance y ámbito de aplicación: La circular se aplica a los contribuyentes y actividades que, mediante decreto supremo del Ministerio de Hacienda, se determinen como sujetos a la exigencia de implementar y utilizar sistemas tecnológicos de información para el control tributario. Se excluyen los contribuyentes del artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños mineros artesanales, pequeños comerciantes en la vía pública, suplementeros, propietarios de talleres artesanales y pescadores artesanales inscritos). La referencia al artículo 18 ter de la LIR se considera sin aplicación práctica por estar derogado. • Principales instrucciones y criterios interpretativos:
- El SII puede autorizar o exigir sistemas tecnológicos...
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