SII - Circular N°58 (30-06-2015)
Circular N°58 (30-06-2015) del SII
Abstracto
La Circular N° 58 del SII, de 2015, resume las modificaciones introducidas por la Ley N° 20.780 a los artículos 68 y 69 del Código Tributario, sobre inicio y término de giro, respectivamente. Se derogan instrucciones previas y se entregan precisiones sobre la aplicación de las nuevas normas.
Resumen
• Datos básicos de la circular Circular N° 58, de 30 de junio de 2015, del Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Contexto normativo y objetivo La circular resume y explica las modificaciones introducidas por la Ley N° 20.780, de 29 de septiembre de 2014, a los artículos 68 y 69 del Código Tributario, relativos al inicio de actividades y término de giro, respectivamente.
• Alcance y ámbito de aplicación Las modificaciones afectan a personas naturales y jurídicas que inician actividades económicas susceptibles de generar rentas gravadas en la primera y segunda categoría, así como a aquellos contribuyentes que terminan su giro comercial o industrial, o cesan en sus actividades. Se incluyen precisiones sobre la obligación de obtener autorización previa para la disminución de capital, extendiéndose a sociedades, empresas individuales de responsabilidad limitada, fondos de inversión y patrimonios de afectación.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos Respecto al inicio de actividades, se adecua la referencia a los contribuyentes propietarios o usufructuarios que exploten bienes raíces agrícolas, cuyo régimen de renta presunta se traslada al artículo 34 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. En cuanto al término de giro, se amplía...
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