SII - Oficio N°1699 (26-07-2015)
Oficio N°1699 (26-07-2015) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la tributación de honorarios de un astrónomo extranjero contratado por CONICYT, indicando que la factibilidad de la contratación y la visa exceden su competencia. Si los honorarios no están relacionados con el proyecto 'BBBB', se gravan según las reglas generales del Impuesto a la Renta.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1699, de 26.06.2015, de la Subdirección Normativa del Departamento de Técnica Tributaria del SII. • Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: CONICYT planea contratar al astrónomo Sr. XXX, quien reside en Chile con visa oficial (tarjeta de identificación oficial N° xxxxxx) y está tramitando su cédula de identidad como extranjero. El astrónomo trabaja en AAAA. • Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta sobre la factibilidad de contratar al Sr. XXX a honorarios sin perder su visa oficial. • Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): — • Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Decreto N° 74 del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado el 02.07.2014; Decreto Ley N° 1.094, de 1975, artículo 34. • Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La visa oficial y la contratación del extranjero escapan a la competencia del SII. El Decreto N° 74 beneficia a AAAA Corporation y a su personal científico relacionado con el proyecto 'BBBB'. Rentas por actividades no relacionadas con dicho proyecto se gravan según las reglas generales del Impuesto a la Renta. • Decisión del SII y sus efectos: La factibilidad de la contratación y la mantención de la visa oficial no son competencia del SI...
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