SII - Oficio N°3216 (21-12-2015)
Oficio N°3216 (21-12-2015) del SII
Abstracto
El SII analiza la aplicación del artículo 24 transitorio de la Ley 20.780 sobre declaración voluntaria de bienes no declarados, detallando criterios para acreditar incumplimientos tributarios y efectos de la declaración en trusts y fundaciones irrevocables. Prioriza la intencionalidad del contribuyente.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3216, de 21.12.2015, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Interpretación del artículo 24 transitorio de la Ley N° 20.780 sobre el sistema de declaración voluntaria y extraordinaria para el pago del impuesto único y sustitutivo. Se complementa la Circular N° 8 de 2015.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre la aplicación del artículo 24 transitorio de la Ley N° 20.780 a diversos casos relacionados con la declaración de bienes o rentas que, habiendo estado afectos a impuestos en Chile, no fueron oportunamente declarados ni gravados.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- Si el reconocimiento voluntario de un incumplimiento tributario por el contribuyente es suficiente para considerar satisfecho el requisito de no haber cumplido con las obligaciones tributarias, o si se requiere de otros antecedentes consistentes con dicho reconocimiento.
- Si la constitución de sociedades o la aportación de fondos a entidades en países de baja o nula tributación, sin intercambio de información tributaria con Chile, constituyen antecedentes razonables para acreditar el incumplimiento del impuesto a la renta o a las herencias y donaciones, y si es necesaria una manifestación expresa de este incumplimiento. 3...
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