SII - Oficio N°123 (15-01-2016)
Oficio N°123 (15-01-2016) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la exención de IVA del Art. 12, letra B, N° 10 del DL 825, señalando que la calificación de los requisitos recae en el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y su refrendación en el Ministerio de Hacienda, careciendo el SII de competencia.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 123, de 15.01.2016, de la Subdirección Normativa del Departamento de Impuestos Indirectos del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo somete a consideración del SII la Resolución Exenta N° xxx, de xx/xx/2015, mediante la cual se declara que un proyecto de inversión nacional presentado por la empresa TTTT es de interés para el país y que un bien de capital específico (XXXX, código arancelario xxxxx) cumple con los requisitos para la exención de IVA según el Art. 12, letra B, N° 10 del D.L. N° 825. Se solicita al SII emitir comentarios u observaciones sobre la resolución y sus antecedentes.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se solicita al SII tomar conocimiento de la Resolución Exenta N° xxx/2015 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y dar a conocer los comentarios u observaciones que pudieren merecer, de conformidad a lo dispuesto en la letra p), del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, al requerir la opinión del SII, implícitamente busca asegurar la correcta aplicación de la normativa tributaria...
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