SII - Oficio N°383 (11-02-2016)
Oficio N°383 (11-02-2016) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la exención de IVA en la importación de bienes de capital según el Art. 12, letra B, N° 10 del DL 825, remitiéndose a la calificación del Ministerio de Economía y Hacienda.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 383, de 11.02.2016, de la Subdirección Normativa del Departamento de Impuestos Indirectos del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes El SII recibió copia de la Resolución Exenta N° xx de 2016 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, junto con sus antecedentes, que declara exenta del IVA la importación de un bien de capital (una “YYYY”, clasificación arancelaria xxxx) por la empresa “TTTTT”, RUT N° xxxxxx.
• Consultas específicas planteadas al SII Aplicación de la exención contenida en el Art. 12°, letra B), N° 10 del Decreto Ley N° 825, de 1974, a la importación de bienes de capital.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) —
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Art. 12°, letra B), N° 10 del Decreto Ley N° 825, de 1974.
- Decreto Ley N° 600, de 1974.
- Circular N° 48, del 21.04.1978, del SII.
- Decreto Supremo N° 181 del 30.12.2011, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII El SII reitera que la calificación de los requisitos para la exención del Art. 12°, letra B), N° 10 del DL N° 825/1974, es facultad del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y su refrendación correspond...
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