SII - Oficio N°958 (13-04-2016)
Oficio N°958 (13-04-2016) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la aplicación de la franquicia tributaria del artículo 5° transitorio de la Ley N° 18.985 y su relación con la Ley N° 20.780, permitiendo acreditar el cambio de régimen tributario con otros medios de prueba ante la pérdida del aviso original.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 958, de 13.04.2016, Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Directos. Se refiere a la aplicación de la franquicia tributaria establecida en el artículo 5° transitorio de la Ley N° 18.985, en relación con lo establecido por la Ley N° 20.780, respecto a la primera enajenación de predios agrícolas.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente que inició actividades en 1969 tributó bajo el régimen de renta presunta hasta 1993, cuando pasó a renta efectiva según contabilidad completa. El contribuyente extravió el aviso y balance inicial de este cambio de régimen. La Ley N° 20.780 derogó el artículo 5° transitorio de la Ley N° 18.985 a partir de 2016, pero estableció un régimen similar en el artículo tercero transitorio, numeral IV, número 6), N° 4, para contribuyentes que tributan en renta efectiva desde el 1° de enero de 1991.
• Consultas específicas planteadas al SII: a) ¿El extravío del aviso de cambio de régimen y del balance inhabilita al contribuyente para acogerse a la franquicia? b) ¿Los inmuebles agrícolas adquiridos antes de la Ley N° 18.985 pueden acogerse al artículo 5° transitorio en 2015 o al régimen de la Ley N° 20.780 a partir de 2016?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El con...
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