SII - Oficio N°1573 (06-06-2016)
Oficio N°1573 (06-06-2016) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 1573 de 2016, aclara que la venta de inmuebles por vendedores habituales está gravada con IVA desde el 1° de enero de 2016, independientemente de su valor, salvo exenciones específicas.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1573, de 06.06.2016, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos. Materia: Impuesto al Valor Agregado que grava la venta de bienes inmuebles.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre si la compra de una vivienda de UF 1.650 está afecta a IVA, o si este impuesto aplica solo a viviendas sobre UF 4.000 a partir de 2016.
• Consultas específicas planteadas al SII: Aclarar si en la compra de una vivienda de UF 1.650 se debe pagar IVA, considerando la entrada en vigencia de la Ley N° 20.780.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La consultante entiende que toda vivienda adquirida a partir de 2016 debería pagar IVA.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita los Artículos 2 N° 1 y 12 letra f) y letra e) N° 11 del Decreto Ley N° 825 de 1974; la Ley N° 20.780 de 2014; la Ley N° 20.899 de 2016, Art. 8 N° 8; y el Art. 21 del Decreto Ley N° 910 de 1975.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La Ley N° 20.780 modificó el Decreto Ley N° 825, estableciendo que, a partir del 1° de enero de 2016, las transferencias de bienes corporales inmuebles realizadas por vendedores habituales están gravadas con IVA, exclu...
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