SII - Oficio N°2402 (26-08-2016)
Oficio N°2402 (26-08-2016) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la documentación requerida para acreditar la exención de IT&E en créditos para financiar exportaciones (PAE), permitiendo el reemplazo de copias físicas del DUS por una declaración jurada y copias digitales, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2402, de 26.08.2016, de la Subdirección Normativa del SII, Dpto. de Técnica Tributaria, aborda la documentación para acreditar la exención del art. 24 N°11 de la Ley de Impuesto de Timbres y Estampillas (IT&E) en créditos para financiar exportaciones. • Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Banco XXX otorga créditos para financiar exportaciones (PAE) exentos de IT&E según el art. 24 N°11 de la Ley sobre Impuesto de Timbres y Estampillas. Los exportadores proponen reemplazar el Documento Único de Salida (DUS) físico por una declaración jurada con fecha, monto y número de DUS, manteniendo un registro electrónico de los DUS a disposición del SII. • Consultas específicas planteadas al SII: ¿El procedimiento descrito constituye documentación fehaciente para cumplir con el art. 24 N° 11 de la Ley sobre Impuesto de Timbres y Estampillas, o es indispensable adjuntar copia física del DUS en cada pago del crédito PAE para gozar de la exención? • Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Para acceder a la exención, bastaría acreditar que la exportación se realizó efectivamente, y el único documento que acredita fehacientemente la exportación es el DUS. • Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SI...
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