SII - Oficio N°2488 (06-09-2016)
Oficio N°2488 (06-09-2016) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre cómo una empresa de transporte de pasajeros que declara renta efectiva debe acreditar ingresos por pasajes y gastos de combustible, considerando exención de boletas y normativas sobre medios de pago electrónicos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2488, de 06.09.2016, de la Subdirección Normativa del SII, Depto. de Impuestos Directos. • Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una empresa de transporte terrestre de pasajeros, obligada a declarar renta efectiva según contabilidad completa tras la modificación del artículo 34 bis de la LIR por la Ley N° 20.630, consulta sobre la forma de acreditar ingresos por venta de pasajes y gastos por compra de combustible. La Dirección Regional señala dificultades para emitir boletas por cada operación y para obtener facturas de proveedores de combustible. • Consultas específicas planteadas al SII: 1) ¿Cómo acreditar los ingresos por venta de pasajes? 2) ¿Cómo acreditar los costos por compras de combustible? 3) ¿Se deben revisar las instrucciones vigentes sobre renta presunta para estos contribuyentes? • Argumentos del consultante: La emisión de boletas por cada pasaje dificulta la operación. Los proveedores de combustible no emiten facturas a empresas de transporte de pasajeros, solo boletas, que a menudo no son nominativas. • Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículos 31, 34 bis N°1, 74, 78, 79 y 84 de la LIR; Artículos 13 y 52 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios; Ley N° 20.780 de 2014;...
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