SII - Oficio N°3306 (16-12-2016)
Oficio N°3306 (16-12-2016) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la aplicación del impuesto único del 35% (art. 38 bis LIR) en el término de giro, abordando el tratamiento de utilidades reinvertidas, cálculo de tasa promedio para el IGC, uso del crédito del art. 56 LIR, y la participación de los socios.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3306, de 16-12-2016, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Se refiere a la aplicación del impuesto único del 35% establecido en el artículo 38 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), aplicable a las utilidades tributables pendientes de retiro o distribución a la fecha de término de giro. La Subdirección Normativa y el Departamento de Impuestos Directos están involucrados.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente, socio mayoritario de una sociedad de inversiones, consulta sobre la reinversión del 100% de las utilidades tributables en una nueva sociedad que, tras un mes, se someterá a término de giro.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- Si la base imponible del impuesto del 35% debe considerar el total de las utilidades reinvertidas o solo las proporcionales al tiempo entre la reinversión y el término de giro.
- Si la tasa promedio para el crédito debe calcularse dividiendo por tres, incluso si un socio tuvo tasa 0 en algún ejercicio.
- Si el Impuesto Global Complementario (IGC) goza del crédito por impuesto de término de giro del 35% en proporción a la participación.
- Si la participación considerada es la existente a la fecha de la reinversión.
• Argumentos del consultante (si se ...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.