SII - Oficio N°3417 (29-12-2016)
Oficio N°3417 (29-12-2016) del SII
Abstracto
El SII se inhibe de pronunciarse sobre la interpretación de "se instale" e "instalarse" en la Ley Navarino, al ser competencia del Intendente Regional. Reitera las normas sobre domicilio tributario declarado al SII para fines de fiscalización.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3417, de 29-12-2016, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Se refiere a la solicitud de informe sobre el cumplimiento de requisitos para acogerse al régimen preferencial establecido en la Ley N° 18.392 (Ley Navarino).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Sr. XXX, en representación de TTTTT, consulta a la Contraloría General de la República sobre la interpretación del requisito de instalación física de la empresa en terrenos ubicados dentro de los límites de la Ley Navarino. TTTTT, una sociedad anónima con domicilio en Porvenir, solicitó inscripción al RUT e inicio de actividades, declarando un domicilio. Posteriormente, solicitó al Intendente Regional acogerse al régimen preferencial, indicando un domicilio comercial e industrial diferente. El SEREMI de Hacienda solicitó aclarar dónde funcionaría la empresa, surgiendo la duda sobre si TTTTT cumple con el requisito de instalación física.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se solicita al SII informar sobre la presentación efectuada ante la Contraloría General de la República respecto al sentido y alcance del requisito de instalación física de la empresa para acogerse al régimen preferencial de la Ley N° 18.392.
• Argumentos del consultante (si se exponen explíci...
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