SII - Oficio N°109 (18-01-2017)
Oficio N°109 (18-01-2017) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la aplicación del crédito por impuestos pagados en el extranjero (Art. 41 C LIR) en el caso de una empresa chilena con inversiones en una holding australiana con subsidiarias en otros países. Se detallan los requisitos para el uso del crédito según el domicilio de las sociedades y los convenios vigentes.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 109, de 18-01-2017, del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Una empresa chilena tiene inversiones en una sociedad holding en Australia, la cual a su vez participa en sociedades subsidiarias domiciliadas en Canadá, Brasil, Reino Unido, Estados Unidos y Bélgica. Estas subsidiarias distribuyen utilidades a la holding australiana, que luego remesa a Chile.
• Consultas específicas planteadas al SII Se consulta si la sociedad holding chilena tiene derecho a crédito por: a) Impuestos que afectan las rentas distribuidas por la sociedad holding australiana, gravadas en Australia. b) Impuestos que afectan las rentas de las sociedades subsidiarias en el exterior (Canadá, Brasil, Reino Unido, Estados Unidos, Bélgica) distribuidas a través de la sociedad holding australiana.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) El consultante argumenta que el artículo 23 del Tratado de Doble Tributación con Australia y los comentarios al modelo OCDE (principio de imputación o crédito), en relación con el artículo 41 C, N°1 de la LIR, permiten acreditar contra impuestos chilenos los impuestos pagados en Australia por rentas obtenidas por un residente en Chile, según la legislación chilena y respec...
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