SII - Oficio N°131 (20-01-2017)
Oficio N°131 (20-01-2017) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 131 de 2017, se pronuncia sobre la exención de IVA en contratos generales de construcción financiados con subsidio habitacional, aclarando su aplicación a partir del 1° de enero de 2016 y en casos de quiebra de contratistas.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 131, de 20-01-2017, del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes El Director del Servicio de Vivienda y Urbanización (SERVIU) XXXX consulta sobre la aplicación de la exención del Art. 12°, letra F), del D.L. N° 825 en contratos generales de construcción que celebra el SERVIU con terceros.
• Consultas específicas planteadas al SII
- ¿Qué ocurre si se deben retomar obras por quiebra de la constructora original y se contrata a otra empresa? ¿El nuevo contrato está exento de IVA?
- ¿La exención se aplica solo a contratos formalizados notarialmente desde el 01 de enero de 2016, o existen excepciones?
- ¿La exención se aplica a facturas por obras en construcción a partir del 1° de enero de 2016, independientemente de la fecha del contrato?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) No se exponen explícitamente.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Art. 8°, letra e), del D.L. N° 825.
- Art. 12°, letra F), del D.L. N° 825 (modificado por la Ley N° 20.899).
- Art. 2°, N° 5, letra b), de la Ley N° 20.780.
- Art. 2, N° 4, letra e), de la Ley N° 20.899.
- Circular N° 13, de 24/3/2016.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII La ...
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