SII - Oficio N°469 (03-03-2017)
Oficio N°469 (03-03-2017) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 469 de 2017, aclara la aplicación del crédito tributario de la Ley Austral (Ley N° 19.606) a proyectos de generación eléctrica, confirmando que este beneficio aplica a contratos por suma alzada bajo el inciso segundo del artículo 1° de dicha ley.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. Nº 469, de 03-03-2017, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Interpretación del artículo 1° de la Ley N° 19.606 (Ley Austral) en relación con el crédito tributario por inversiones en las regiones XI, XII y Provincia de Palena. Se analiza su aplicabilidad a un proyecto de parque eólico bajo contrato EPC (Engineering, Procurement and Construction) o "llave en mano".
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Empresa Nacional de Petróleo ("XXXX") proyecta construir un parque eólico en la Región de Magallanes (XII Región) bajo un contrato EPC. XXXX consulta si el criterio del Oficio N° 862 de 2008 es aplicable a su situación.
• Consultas específicas planteadas al SII: a) Si el criterio del Oficio N° 862/2008 (que restringe el crédito a construcciones realizadas directamente por el contribuyente o por administración) se aplica solo a construcciones del inciso cuarto del artículo 1° de la Ley Austral, y no a las del inciso segundo. b) Si los proyectos de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica se comprenden en el inciso segundo del artículo 1° de la Ley Austral. c) Si los contribuyentes que encargan proyectos del inciso segundo mediante contratos por suma alzada pueden acceder al crédito, y si este correspon...
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