SII - Oficio N°564 (17-03-2017)
Oficio N°564 (17-03-2017) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la aplicación del IVA a los servicios de suministro de personal versus la venta de pasajes de transporte, señalando que el suministro está gravado, mientras que la venta de pasajes no lo está, remitiéndose a la verificación de los hechos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 564, de 17-03-2017, emitido por la Subdirección Normativa del Servicio de Impuestos Internos, Departamento de Impuestos Indirectos. Se refiere a la consulta sobre la aplicación del Ordinario N° 440, de fecha 17.02.2012, a un contribuyente específico.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Director Regional (S) consulta sobre el timbraje de facturas exentas solicitado por TTTT, quien tiene un contrato con la Empresa de Transporte de Pasajeros XXXX por el suministro de personal para la comercialización y venta de especies valoradas y cuotas de transporte. El contribuyente fundamenta su solicitud en oficios anteriores que señalan que la venta de pasajes de ferrocarril por un tercero no está afecta a IVA si no proviene de actividades de los N° 3 o 4 del artículo 20 de la LIR. Se menciona un cambio de criterio en el Oficio N° 440 de 2012 respecto a las agencias de negocios y el servicio de selección de personal.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cuál es la situación tributaria del contribuyente TTTT en relación con el IVA, considerando el contrato de suministro de personal y el cambio de criterio expresado en el Oficio N° 440 de 2012?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): TTTT argumenta que, basá...
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