SII - Oficio N°1768 (08-08-2017)
Oficio N°1768 (08-08-2017) del SII
Abstracto
El SII determina que las ventas realizadas por "Farmacias Populares" y "Ópticas Populares" están afectas a IVA, al constituir un hecho gravado según el Art. 8° en relación con el Art. 2°, N° 1, del D.L. N° 825, debiendo emitirse boletas afectas.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. Nº 1768, de 08-08-2017, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Impuesto al Valor Agregado (IVA) en prestaciones de salud otorgadas por programas "Farmacia Popular" y "Óptica Popular".
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre si la entrega de lentes y medicamentos a través de los programas "Farmacia Popular" y "Óptica Popular" de una municipalidad está afecta a IVA, específicamente si se debe emitir boleta gravada.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Están afectas al IVA las prestaciones de salud otorgadas por los programas “Farmacia Popular” y “Óptica Popular” y si la entrega de lentes a los usuarios constituiría un hecho gravado, debiendo emitirse una boleta afecta?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La Municipalidad argumenta que no actúa como comerciante, ya que beneficia a los vecinos con la entrega de anteojos a precio de costo sin ánimo de lucro. Además, señala que la transferencia de dominio no es a título oneroso buscando una utilidad, y que no existe habitualidad en la venta según el artículo 3° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII:
* Art. 8°, Art. 2, N°1, Art. 3, Art. 13...
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