SII - Oficio N°1844 (17-08-2017)
Oficio N°1844 (17-08-2017) del SII
Abstracto
El SII analiza un cambio en la legislación tributaria ecuatoriana respecto a la aplicación de beneficios de convenios para evitar la doble tributación. Propone a las autoridades competentes de Chile y Ecuador concordar un procedimiento mutuamente aceptable para la aplicación del convenio.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1844, de 17-08-2017, del Servicio de Impuestos Internos (SII), Subdirección Normativa, Departamento de Normas Internacionales. Se refiere a un cambio significativo en la normativa tributaria ecuatoriana respecto a la aplicación de los convenios para evitar la doble tributación.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Servicio de Rentas Internas del Ecuador (SRI) informó al SII, de conformidad con el artículo 2 del Convenio entre Chile y Ecuador para evitar la doble tributación, sobre la modificación introducida por el artículo 1 de la Ley Orgánica para el Equilibrio de las Finanzas Públicas del 29 de abril de 2016, que permite al SRI establecer montos máximos y requisitos formales para la aplicación automática de los beneficios del convenio. Si se superan los montos o no se cumplen los requisitos, la aplicación del beneficio se realiza mediante la devolución de impuestos.
• Consultas específicas planteadas al SII: No se explicita una consulta, sino una comunicación de cambio normativo.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El SRI argumenta que el nuevo procedimiento se ajusta a los mecanismos aceptados por el comentario 26.2 al artículo 1 del Modelo Tributario de la OCDE y que el objetivo de la modific...
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