SII - Oficio N°1850 (17-08-2017)
Oficio N°1850 (17-08-2017) del SII
Abstracto
El SII analiza el uso del crédito fiscal de IVA en facturas emitidas a nombre de la sociedad absorbida tras una fusión, cuando la absorbente continúa utilizando los servicios. Se permite el crédito si el IVA fue recargado y enterado en arcas fiscales.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. Nº 1850, de 17-08-2017, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: IVA, tratamiento tributario en procesos de fusión. Artículos involucrados: Art. 23, N°5 del D.L. 825; Art. 99 de la Ley N° 18.046; Circular N° 93, de 2001. Dirección: Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Indirectos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente, en representación de TTTT, consulta sobre el tratamiento tributario de facturas emitidas a nombre de la sociedad absorbida (ex YYYY) después de un proceso de fusión por incorporación, por servicios de leasing utilizados y pagados por la sociedad absorbente, en su calidad de continuadora legal. La fusión ocurrió el 1 de abril de 2014. Las instituciones financieras (AAA y BBB) se negaron a anular las facturas emitidas a nombre de la sociedad absorbida durante abril, mayo y junio de 2014, argumentando que ya había pasado el plazo para la anulación según la Resolución Exenta N° 45, de 1/9/2003.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cómo debe proceder la sociedad absorbente para efectos tributarios respecto del IVA soportado en las facturas emitidas a nombre de la sociedad absorbida, por servicios que la absorbente utiliza como continuadora legal?
• Argumentos del consultante (si se ...
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