SII - Oficio N°1851 (17-08-2017)
Oficio N°1851 (17-08-2017) del SII
Abstracto
El SII determina que los servicios de administración y gestión empresarial, que incluyen finanzas, relaciones con clientes, TI y RR.HH., prestados por una sociedad, constituyen actividades propias de una agencia de negocios, gravadas con IVA según el Art. 8 del DL 825.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. Nº 1851, de 17-08-2017, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Impuesto al Valor Agregado (IVA) y actividades de agencias de negocios.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una sociedad, constituida el 20 de mayo de 2016, cuyo objeto es el suministro de servicios de administración y gestión a empresas (chilenas o extranjeras), consulta si sus servicios están afectos a IVA. Estos servicios incluyen finanzas, relaciones con clientes, procesamiento de órdenes, facturación, mesa de ayuda (call center), publicidad y promoción. La remuneración se basa en un monto fijo y variable. La empresa no está limitada a clientes específicos. Los servicios se prestan según un contrato detallado.
• Consultas específicas planteadas al SII: Confirmación de si los servicios prestados por el contribuyente se encuentran afectos al Impuesto al Valor Agregado (IVA), por corresponder a actividades propias de una agencia de negocios.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita en el texto.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el Artículo 8° del D.L. N° 825, de 1974 (Ley del IVA), el Artículo 2°, N° 2 del mismo cuerpo legal (definición de servicio), el Artículo 20°, N° 3 de...
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