SII - Oficio N°2010 (06-09-2017)

Oficio N°2010 (06-09-2017) del SII

Abstracto

El SII confirma criterio sobre IVA en venta de sitios urbanizados, precisando que se aplica si el comprador adquiere la urbanización. Aclara que la habitualidad del vendedor es clave y no se rebaja el valor de urbanización de la base imponible.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Ord. Nº 2010, de 06-09-2017, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: IVA en la venta de sitios que incluyen obras de urbanización. Se solicita confirmar criterio contenido en Ord. N° 2480, de 5/9/2016. Dirección que emite el Oficio: Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Indirectos. Director: Fernando Barraza Luengo. • Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un consultor, en representación de diversos contribuyentes, solicita al SII confirmar el criterio del Ord. N° 2480/2016 sobre la aplicación del IVA en la venta de sitios con obras de urbanización, especialmente en relación con promesas de compraventa preexistentes. El consultante declara no tener clientes en procesos de fiscalización o litigio sobre esta materia. • Consultas específicas planteadas al SII:

  1. Si la venta de un terreno urbanizado está gravada con IVA cuando el comprador no se hace dueño de las obras de urbanización (ej., porque no es condominio o las obras son de empresas de servicios).
  2. Si la respuesta anterior varía si se ejecutan obras complementarias a costa del comprador.
  3. Si la venta está gravada cuando la urbanización fue encomendada a un tercero mediante un contrato de construcción.
  4. Si, en caso de gravarse con IVA, la rebaja del terreno deb...

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