SII - Oficio N°2408 (06-11-2017)
Oficio N°2408 (06-11-2017) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la no aplicación de la facultad de tasación según el Art. 64 del Código Tributario ni del Impuesto Adicional del Art. 58 N°3 de la LIR en fusiones de sociedades extranjeras que posean acciones en Chile, siempre que cumplan ciertos requisitos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2408, de 06-11-2017, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Facultad de tasación e Impuesto Adicional en fusiones de sociedades extranjeras.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente consulta sobre la aplicación del artículo 64 del Código Tributario y del artículo 58 N° 3 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) en fusiones de sociedades extranjeras accionistas de una sociedad chilena. La estructura involucra una Matriz Noruega con presencia en Noruega, Holanda, Panamá y Chile a través de diversas entidades. Se planean fusiones en Noruega, Países Bajos y Panamá para simplificar la estructura.
• Consultas específicas planteadas al SII: El consultante busca confirmar si la facultad de tasación del artículo 64 del Código Tributario aplica a fusiones en el extranjero entre entidades que poseen acciones de sociedades chilenas, siempre que cumplan requisitos similares a las fusiones chilenas y mantengan el costo tributario de los activos. También consulta si las reglas de transferencias indirectas del artículo 10 de la LIR aplican, considerando a las entidades sobrevivientes como sucesoras legales.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante basa su petición en el Oficio N°7...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.