SII - Oficio N°2409 (06-11-2017)
Oficio N°2409 (06-11-2017) del SII
Abstracto
El SII confirma la vigencia parcial del Oficio N° 2946 de 2015 sobre el hecho gravado del art. 21 LIR, específicamente en préstamos a empresas del mismo grupo sin beneficiario final socio/accionista. La modificación del plazo permite reevaluar si existe un retiro/remesa encubierta.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. Nº 2409, de 06-11-2017. El contribuyente solicita confirmar la vigencia de las conclusiones del Oficio N° 2.946, del 2015, sobre el hecho gravado del literal ii), del inciso 3°, del artículo 21 de la LIR.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Oficio N° 2.946, de 2015, analizó la configuración del hecho gravado del literal ii), del inciso 3°, del artículo 21 de la LIR, en préstamos a sociedades constituidas en el extranjero pertenecientes al mismo grupo empresarial de la sociedad acreedora. Se consulta si la modificación del plazo de pago de los préstamos (renovación por ocho o diez años) altera las conclusiones del Oficio N° 2.946, del 2015. El oficio original concluía que un préstamo entre empresas del mismo grupo empresarial (artículo 100 de la Ley N° 18.045) sin beneficiario final socio/accionista, no configura el hecho gravado del artículo 21.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿La renovación de los préstamos por un plazo de ocho o diez años, manteniendo las demás condiciones de mercado, altera las conclusiones del Oficio N° 2.946, del 2015?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante busca confirmar que la extensión del plazo de los préstamos no modifica el criterio ya establecido e...
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