SII - Oficio N°1017 (23-05-2018)
Oficio N°1017 (23-05-2018) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 1017 de 2018, clarifica que la importación de leche y productos lácteos está gravada con IVA, pero su posterior exportación está exenta, permitiendo recuperar el IVA soportado en la actividad exportadora.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1017, de 23-05-2018, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Indirectos. Materia: Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA) e importación/exportación de leche y productos lácteos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta sobre la tributación que afecta a la importación de leche y productos lácteos, y su posterior exportación como producto nacional.
• Consultas específicas planteadas al SII: Tributación aplicable a la importación de leche y productos lácteos, y a su posterior exportación como producto nacional.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se mencionan argumentos del consultante en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículos 8°, 12° letra D), 23° y 36° del D.L. N° 825 de 1974; D.S. de Economía N° 348 de 1975.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La importación está gravada con IVA (Art. 8° D.L. N° 825). Si el importador es contribuyente de IVA, puede usar el IVA pagado como crédito fiscal (Art. 23° D.L. N° 825). La exportación está exenta de IVA (Art. 12°, letra D, D.L. N° 825). El exportador puede recuperar el IVA soportado en la adquisición o importación de bienes o servicios desti...
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