SII - Oficio N°1606 (02-08-2018)
Oficio N°1606 (02-08-2018) del SII
Abstracto
El SII rechaza la exención de impuesto territorial a una fundación que proporciona auxilio y habitación a ancianos, ya que la gratuidad debe aplicarse tanto al auxilio como a la habitación, beneficiando a indigentes o desvalidos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 1606, de 02-08-2018, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Se refiere a la exención de Impuesto Territorial contenida en el Párrafo I, Letra D, N° 3 del Cuadro Anexo de la Ley sobre Impuesto Territorial.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Una fundación solicita exención de Impuesto Territorial por un inmueble donde funciona un hogar que presta auxilio médico y habitación a ancianos. Anteriormente, se denegó la exención porque no se acreditó que el inmueble no generara rentas distintas al fin de beneficencia, y porque los beneficiarios entregaban una contraprestación económica.
• Consultas específicas planteadas al SII Se consulta sobre el alcance del requisito de estar el establecimiento destinado a proporcionar auxilio o habitación gratuita a indigentes o desvalidos, considerando que la norma plantea dos hipótesis alternativas.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) La fundación argumenta que para acceder a la exención basta con que el establecimiento esté destinado a proporcionar auxilio o habitación gratuita, sin necesidad de que se den ambas acciones simultáneamente. Alega que, aunque el hogar no ofrezca habitación gratuita, el inmueble debería estar exento si otorga auxilio gratuito (asistencia m...
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