SII - Oficio N°149 (11-01-2019)
Oficio N°149 (11-01-2019) del SII
Abstracto
El SII aclara la vigencia de instrucciones sobre cuentas en participación (Circular 29 de 1999 y Oficio 1483 de 2015) tras la Reforma Tributaria, especialmente en relación con la tributación del gestor y los partícipes, y el uso de créditos IDPC e IPE.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 149, de 11 de enero de 2019, de la Subdirección Normativa del Departamento de Impuestos Directos del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes La consulta busca confirmar criterios sobre el tratamiento tributario de las asociaciones o cuentas en participación tras la Reforma Tributaria, específicamente en un negocio conjunto con utilidades distribuidas por una filial del gestor.
• Consultas específicas planteadas al SII
- Confirmar la vigencia de las instrucciones de la Circular N° 29 de 1999 y el Oficio N° 1483 de 2015 relativas al artículo 28 del Código Tributario.
- Confirmar que tanto el gestor como los partícipes deben tributar por las utilidades en la parte que les corresponda, acreditando el contrato y las condiciones de participación.
- Confirmar que el gestor y los partícipes sujetos al IDPC deben anotar en el Registro SAC los créditos por IDPC e IPE correspondientes a sus utilidades, los cuales podrán ser deducidos del IGC o IA.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Artículo 14 letras A) y B) y artículos 41 A y 41 C de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
- Art...
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