SII - Oficio N°1471 (25-05-2019)
Oficio N°1471 (25-05-2019) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 1471 de 2019, establece que los derechos sociales en una sociedad con pasivos superiores a sus activos deben valorarse en cero para el cálculo del Impuesto a las Herencias, según el Art. 46 f) de la Ley 16.271.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 1471, de 24.05.2019, de la Subdirección Normativa, Departamento de Técnica Tributaria del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Un contribuyente (Sr. XXXXXX) consulta sobre la valorización de derechos sociales en una sociedad con patrimonio negativo (pasivos mayores que activos) para efectos del Impuesto a las Herencias, en el contexto de una posesión efectiva en trámite. La sociedad tiene patrimonio tributario positivo según balance tributario (costo de adquisición corregido), pero patrimonio negativo según normas IFRS.
• Consultas específicas planteadas al SII El consultante solicita confirmación sobre la forma de valorar los derechos sociales en una sociedad con patrimonio negativo y la asignación de pasivos de la sociedad con el causante para el cálculo del Impuesto a las Herencias.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) El peticionario argumenta que se debe determinar el valor de cada activo de la sociedad según las normas de la Ley de Herencias (valor de mercado), deducir los pasivos acreditados y, si el resultado es negativo, reconocerlo como tal, rebajando la base imponible del impuesto.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII Ley...
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