SII - Oficio N°1523 (03-06-2019)
Oficio N°1523 (03-06-2019) del SII
Abstracto
El SII determinó que la remesa por modificación a un contrato de licencia constituye renta de fuente chilena afecta al Impuesto Adicional del art. 59 LIR, debiendo el pagador efectuar la retención correspondiente, al no tratarse de una transacción.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 1523, de 03.06.2019, Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Una sociedad chilena (BBB) tiene un contrato de licencia con una sociedad extranjera (AAA) de EE.UU. para el uso de un sistema de manejo de negocios de arrendamiento y leasing de vehículos, pagando regalías mensuales. El contrato establecía que cualquier modificación de los accionistas de BBB sin autorización de AAA facultaría a AAA a terminar el contrato. BBB informó a AAA sobre la venta de la totalidad de sus acciones a un tercero. AAA y BBB modificaron el contrato (adenda), consintiendo a que la venta no fuera causal de término, a cambio de un pago equivalente a un porcentaje de los ingresos de BBB por arrendamiento y leasing de vehículos (la "remesa"). La adenda estipula que la remesa no corresponde a regalías y su entrada en vigor se condicionó a la celebración de la venta, la cual se realizó.
• Consultas específicas planteadas al SII
- Si la remesa, originada en la renuncia de AAA a su derecho a terminar el contrato, corresponde a renta de fuente extranjera.
- Si, siendo renta de fuente extranjera, se gravará en Chile solo si es percibida por un contribuyente con domicilio o residencia en Chile.
- Si, al ser...
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