SII - Resolución N°90 (25-07-2019)
Resolución N°90 (25-07-2019) del SII
Abstracto
El SII autoriza a COMERCIALIZADORA S.A. para entregar boletas electrónicas mediante envío electrónico, previo consentimiento del cliente, según Resolución Exenta SII N° 90 del 25 de julio de 2019. El incumplimiento será sancionado según el Código Tributario.
Resumen
• Datos básicos de la resolución: Resolución Exenta SII N° 90, de fecha 25 de julio de 2019, emitida por la Subdirección de Asistencia al Contribuyente, Departamento de Operaciones del Servicio de Impuestos Internos (SII). Autoriza a COMERCIALIZADORA S.A. a cumplir con la obligación de entregar boletas electrónicas mediante el envío electrónico. • Contexto normativo y competencia del SII: El SII fundamenta su competencia en el artículo 6° letra A) N° 1 del Código Tributario, los artículos 1°, 4° bis y 7° letra b) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, los artículos 2° N° s. 1 y 2, 9° letra a), 54, 55 y siguientes de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, el D.S. N° 55, de 1977, del Ministerio Hacienda, que contiene el Reglamento de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios y diversas resoluciones previas del SII (Resoluciones Ex. SII N° 18, de 2003; N° 45, de 2003; N° 19, de 2008 y sus modificaciones). • Antecedentes administrativos relevantes: La Resolución Ex. SII N° 19, de 2008, en su numeral 5° del resolutivo quinto, establece la obligación de entregar un ejemplar impreso de la boleta electrónica, salvo en casos de no traslado de mercaderías o prestación de servicios. • Materia y objetivos de la resolución: Autorizar a COMERCIALIZADORA S.A. a e...
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