SII - Oficio N°2245 (30-08-2019)
Oficio N°2245 (30-08-2019) del SII
Abstracto
El SII complementa el Oficio Ord. N° 1.510 de 2019, interpretando el tratamiento tributario de intereses moratorios y comisiones fijas según la Ley N° 21.131. Define el momento de reconocimiento de ingresos/gastos para acreedores y deudores, incluyendo régimen 14 Ter A, y establece criterios para considerar incobrables estos créditos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 2245, de 30 de agosto de 2019, de la Subdirección Normativa del Servicio de Impuestos Internos (SII), Depto. de Impuesto Directos. Complementa el Oficio Ord. N° 1.510, de 19 de mayo de 2019, sobre modificaciones a la Ley N° 19.983 por la Ley N° 21.131 (pago a 30 días).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Consulta sobre la forma y el momento en que el deudor debe contabilizar, para efectos tributarios, los intereses moratorios (Art. 2 bis Ley N° 19.983) y la comisión fija por recuperación (Art. 2 ter Ley N° 19.983), adeudados y/o pagados.
• Consultas específicas planteadas al SII Forma y momento en que deberán contabilizarse, para efectos tributarios, los intereses moratorios y la comisión fija, en ambos casos, adeudados y/o pagados, respecto del deudor.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) El consultante actúa en el marco de un convenio de colaboración entre ZZZZZ y el SII, solicitando un pronunciamiento a raíz de la publicación de la Ley N° 21.131.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII Artículos 2 N° 2, 14 ter letra A, 20 N° 2, 29 y 31 N° 4 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). Art. 16 del Código Tributario. Artículos 2 bis y 2 ter de la Ley N° 21.131. Circular N°...
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