SII - Oficio N°598 (18-03-2020)
Oficio N°598 (18-03-2020) del SII
Abstracto
El SII reitera la vigencia del Oficio N° 824 de 2019 sobre exención de Impuesto de Timbres y Estampillas (ITE) para corporaciones educacionales, pero indica que la verificación del cumplimiento de requisitos para la devolución del impuesto es tarea de la Dirección Regional.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 598, de 18.03.2020, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Aplicación retroactiva del criterio del Oficio N° 824 de 2019 sobre exención de Impuesto de Timbres y Estampillas (ITE) para corporaciones educacionales según el artículo decimocuarto transitorio de la Ley N° 20.845.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Dos corporaciones educacionales, sostenedoras de establecimientos educacionales, solicitan al SII confirmar la aplicación retroactiva del criterio del Oficio N° 824 de 2019, respecto a la exención de ITE en la adquisición de inmuebles con garantía de la Corporación de Fomento a la Producción (CORFO) según el artículo octavo transitorio de la Ley N° 20.845. Las corporaciones pagaron el ITE y ahora los bancos exigen un pronunciamiento del SII para devolver dicho impuesto.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se solicita un pronunciamiento que confirme la aplicabilidad del Oficio N° 824 de 2019 con efecto retroactivo a las operaciones de las corporaciones, dado que cumplen con los requisitos legales para la exención del ITE.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Las corporaciones argumentan que, según el Oficio N° 2731 de 2019, el criterio del Oficio N° 824 de 2019 está vigente y ...
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