SII - Oficio N°810 (21-04-2020)
Oficio N°810 (21-04-2020) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el tratamiento tributario en IVA e Impuesto Adicional de pagos al exterior por la distribución de software, considerando la normativa vigente antes de la Ley 21.210 y sus efectos. Se exime de IVA el pago al exterior afecto a IA.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 810, de 21.04.2020, del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes La empresa chilena XXXXX consulta sobre el tratamiento tributario en Impuesto Adicional (IA) e Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los pagos efectuados a su proveedor YYYYY, domiciliado en Estados Unidos, por un contrato de distribución del software "FFFFFFFF". XXXXX actúa como distribuidor, enviando órdenes de compra a YYYYY, quien a su vez envía enlaces de descarga y activación del software. XXXXX redirecciona estos enlaces al cliente final. YYYYY factura a XXXXX, quien a su vez factura al cliente nacional.
• Consultas específicas planteadas al SII Tributación con Impuesto Adicional (IA) e Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los pagos efectuados por XXXXX a su proveedor YYYYY.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Artículo 59 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
- Artículo 8° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS).
- Artículo 12, letra E, N° 7 y N° 16 de la LIVS.
- Artículo 2 N° 2, de la LIVS.
- Artículo 20 N° 4, de la LIR.
- Artículo 59 bis de la LIR (introducido por la Ley N° 21.210, con vig...
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