SII - Oficio N°1330 (14-07-2020)
Oficio N°1330 (14-07-2020) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la aplicación del impuesto sustitutivo del art. 25 transitorio de la Ley 21.210 a utilidades generadas hasta el 31 de diciembre de 2016 por una sociedad dividida en 2019, permitiendo su aplicación tanto en la sociedad dividida como en las resultantes.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1330, de 14.07.2020, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Impuesto sustitutivo del artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley N° 21.210, en el caso de empresas resultantes de división efectuada el año 2019. Circular N° 43 de 2020. Subdirección Normativa; Departamento de Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una sociedad por acciones (SpA) constituida en 2004, contribuyente del IDPC y que declara sus rentas en base a contabilidad completa, se dividió en varias sociedades en junio de 2019. A la fecha de la división, la sociedad registraba utilidades acumuladas al 31 de diciembre de 2016, con sus respectivos créditos por IDPC, las cuales fueron distribuidas entre la sociedad dividida y las sociedades resultantes, en proporción al patrimonio asignado. Las sociedades resultantes mantienen pendientes de distribución a sus accionistas, total o parcialmente, las utilidades acumuladas al 31 de diciembre de 2016 provenientes de la sociedad dividida.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si el impuesto sustitutivo de impuestos finales regulado en el artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley N° 21.210 es aplicable a las sociedades resultantes de la división. Específicamente, se b...
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