SII - Oficio N°1530 (07-08-2020)
Oficio N°1530 (07-08-2020) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 1530 de 2020, se pronuncia sobre el tratamiento tributario en renta e IVA de la cesión onerosa de contratos de promesa de compraventa de inmuebles, estableciendo su afectación al IDPC y la no aplicación de IVA en la cesión.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. N° 1530 de 07.08.2020, del Servicio de Impuestos Internos (SII), Subdirección Normativa, Depto. de Impuesto Directos. Se refiere al tratamiento tributario de la cesión a título oneroso de contratos de promesa de compraventa sobre inmuebles, analizando su impacto en el Impuesto de Primera Categoría (IDPC) y en el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una empresa inmobiliaria planea celebrar contratos de promesa de compraventa de inmuebles con la facultad de cederlos a terceros, buscando obtener una utilidad en la cesión de dichos contratos. La empresa se dedicaría habitualmente a esta actividad, aunque eventualmente podría adquirir inmuebles para su reventa.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- Confirmación de que la utilidad generada en la cesión del contrato de promesa se clasifica en el N° 5 del artículo 20 de la LIR, constituyendo la base imponible el mayor valor generado por la diferencia entre el precio de compraventa pagado como anticipo y el precio de cesión.
- Confirmación de que la celebración del contrato de promesa de compraventa y la posterior cesión de dicho contrato no están comprendidos en los hechos gravados de la LIVS.
- Si la Sociedad adquiere la propiedad del inmu...
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