SII - Resolución N°102 (29-08-2020)
Resolución N°102 (29-08-2020) del SII
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos (SII) autoriza a la Oficina Nacional de Emergencia (ONEMI) y al Gobierno Regional de Los Ríos como receptores electrónicos de documentos tributarios, conforme a la normativa vigente. La resolución establece la fecha de inicio de la autorización y las obligaciones asociadas.
Resumen
• Datos básicos de la resolución: Resolución Exenta SII N° 102, de fecha 31 de agosto de 2020.
• Contexto normativo y competencia del SII: El Servicio de Impuestos Internos (SII) fundamenta su competencia en el artículo 6°, Letra A), Nº 1, del Código Tributario; en los artículos 54 y 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. Además, se mencionan las Resoluciones Exentas N°s 63, de 15.07.2004 (modificada por la N° 91 del 06.10.2017), y 72, del 21.08.2015 (delegatoria).
• Antecedentes administrativos relevantes: La Resolución Exenta N° 63 del 2004, modificada por la Resolución N°91 del 2017, establece los procedimientos para que los organismos públicos sean autorizados como receptores electrónicos de Documentos Tributarios Electrónicos (DTEs). Los organismos públicos mencionados en la resolución han postulado y cumplido con los requisitos de la Res. Ex. SII N° 63.
• Materia y objetivos de la resolución: La resolución tiene como objetivo autorizar a ciertos organismos públicos como receptores electrónicos de Documentos Tributarios Electrónicos.
• Contenido principal e instrucciones impartidas: Se autoriza a la Oficina Nacional de Emergencia (RUT 60.509.001-K) y al Gobierno Regional de Los Ríos (RUT 61.978.900-8) como receptores electrónicos a partir de agosto de 2020...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.