SII - Oficio N°2114 (25-09-2020)
Oficio N°2114 (25-09-2020) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2114 de 2020, establece que las cotizaciones a mutualidades no configuran un servicio para efectos del IVA, confirmando un cambio de criterio respecto a lo sostenido en el Oficio N° 158 de 1985.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2114, de 25.09.2020, del Servicio de Impuestos Internos (SII), emitido por la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos. La materia es la solicitud de confirmación de criterios sobre ingresos a considerar para el cálculo de la proporcionalidad del crédito fiscal IVA. Se citan los Artículos 2, 8 y 23 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), el Artículo 43 del Reglamento de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, y los Oficios N° 788 de 2017 y N° 158 de 1985.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Mutual de Seguridad, una corporación de derecho privado sin fines de lucro que administra el seguro obligatorio de la Ley N° 16.744, consulta sobre el tratamiento de las cotizaciones que recibe de empresas asociadas (cotización básica y adicional) y los ingresos por prestaciones médicas a particulares no asociados, para efectos del cálculo de la proporcionalidad del crédito fiscal IVA.
• Consultas específicas planteadas al SII: Confirmar si las cotizaciones recibidas por la Mutual deben considerarse en el total de servicios netos para determinar la proporción del crédito fiscal IVA, aplicando el criterio de los Oficios N° 2454 de 2003 y N° 788 de 2017.
• Argumentos del consultante (si se e...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.