SII - Oficio N°2498 (06-11-2020)
Oficio N°2498 (06-11-2020) del SII
Abstracto
El SII ratifica el Oficio N° 1125 de 2020, señalando que los servicios de hospedaje prestados por una corporación a sus asociados en ELEAM están afectos a IVA, independientemente del ánimo de lucro, confirmando su naturaleza comercial según el Código de Comercio.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2498, de 06.11.2020, de la Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Indirectos, que responde a una solicitud de aclaración del Oficio N° 1125 de 2020. La materia es la aplicación del IVA a servicios prestados por una corporación. • Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una corporación solicitó al SII aclarar y confirmar si las prestaciones que efectúa a sus asociados en Establecimientos de Larga Estadía para el Adulto Mayor (ELEAM) están afectas a IVA. El Oficio N° 1125 de 2020 había concluido que estos servicios de hospedaje están afectos a IVA al ser clasificados como actividad comercial según el artículo 20, N° 3, de la LIR y el artículo 3, N° 5, del Código de Comercio. • Consultas específicas planteadas al SII: 1) Aclarar si los criterios del Oficio N° 1125 de 2020 son aplicables a las prestaciones que la corporación presta únicamente a sus asociados en los ELEAM. 2) Confirmar si dichas prestaciones están gravadas con IVA. • Argumentos del consultante: El consultante argumenta que, según el artículo 3, N° 5, del Código de Comercio, la doctrina considera el elemento empresa para calificar las actividades como mercantiles. Descarta la definición de empresa del Código del Trabajo y cita el Diccionario de la Real Academia de la ...
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