SII - Oficio N°2601 (16-11-2020)
Oficio N°2601 (16-11-2020) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2601 de 16.11.2020, establece que el procedimiento general de devolución o recuperación de IVA (art. 80 y siguientes de la LIVS) no aplica a las peticiones administrativas del artículo 126 del Código Tributario, conforme a la Circular N° 61 de 2020.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2601, de 16.11.2020, de la Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Indirectos del SII. Materia: Procedimiento para solicitud de devolución de IVA pagado indebidamente o en exceso.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII si la solicitud de devolución de IVA pagado indebidamente o en exceso se somete al procedimiento contemplado en los artículos 80 y siguientes de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), considerando las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.210 y la Circular N° 61 de 2020. El consultante plantea la existencia de un procedimiento general y uno especial (art. 27 bis LIVS) para la devolución del IVA.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se solicita confirmar si la solicitud de devolución de IVA pagado indebidamente o en exceso debe someterse al procedimiento contemplado en los artículos 80 y siguientes de la LIVS.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que el nuevo procedimiento general de los artículos 80 y siguientes de la LIVS aplicaría para todos los casos no excluidos expresamente por la ley en materia de IVA, incluyendo el derecho del contribuyente a solicitar la devolución de IVA pagado indebidamente o en exceso, ...
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