SII - Oficio N°2651 (19-11-2020)
Oficio N°2651 (19-11-2020) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 2651 de 2020, aclara que la Ley de la Renta no establece un tratamiento tributario especial para personas con discapacidad, pero las donaciones que las empresas realicen en cumplimiento alternativo a la Ley N° 21.015 serán consideradas gasto necesario.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 2651, de 19 de noviembre de 2020, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Consulta sobre el tratamiento en el Impuesto a la Renta para personas con discapacidad.
• Consultas específicas planteadas al SII ¿Cuál es el tratamiento del Impuesto a la Renta para discapacitados?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Ley sobre Impuesto a la Renta.
- Ley N° 21.015, que incentiva la inclusión de personas con discapacidad al mundo laboral.
- Artículos 157 bis y 157 ter del Código del Trabajo.
- Ley N° 19.885.
- Artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII La Ley sobre Impuesto a la Renta no contempla un tratamiento especial para las personas con discapacidad, siendo aplicables las normas generales. Sin embargo, la Ley N° 21.015 establece medidas alternativas para empresas que no puedan cumplir con la contratación del 1% de personas con discapacidad. Las donaciones realizadas en este contexto, según el artículo 157 ter del Código del Trabajo, se sujetarán a la Ley N° 19.885 en lo apli...
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