SII - Oficio N°2698 (23-11-2020)
Oficio N°2698 (23-11-2020) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2698 de 2020, se pronuncia sobre la aplicación del IVA al arriendo de canchas para uso deportivo y a las clases impartidas en relación con estas actividades, estableciendo exenciones bajo ciertos supuestos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2698, de 23.11.2020, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Indirectos. Materia: Aplicación del IVA al arriendo de canchas y clases para la práctica deportiva.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente cuya actividad principal es el arriendo de canchas y clases de pádel, consulta sobre la clasificación de sus ingresos según el artículo 20 N° 5 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) y su gravamen con IVA. El contribuyente indica que los usuarios de las canchas utilizan camarines y duchas proporcionadas por el dueño de las instalaciones.
• Consultas específicas planteadas al SII: Clasificación de los ingresos obtenidos por el arriendo de canchas y clases de pádel, y si estos ingresos están gravados con IVA.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que sus ingresos deben clasificarse en el N° 5 del artículo 20 de la LIR y, por lo tanto, no estar afectos a IVA, basándose en que solo se gravarían con IVA los arrendamientos de gimnasios y establecimientos deportivos con instalaciones que permitan una actividad comercial.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 2 N° 2, artículo 8 let...
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